miércoles, 3 de mayo de 2017

¿Es obligatorio inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad y cuáles serían las ventajas de su inscripción?

En España, la inscripción de una vivienda en el Registro de la propiedad no es un requisito obligatorio, sin embargo viene siendo utilizado por casi todos los compradores ya que resulta un título fundamental para acreditar la propiedad frente a terceros.
La Ley Hipotecaria en su artículo 1º determina  que el Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.
Actualmente, la información del Registro de la Propiedad resulta una herramienta esencial en el tráfico Inmobiliario al proporcionar publicidad del estado en el que se encuentra en cada momento el bien inmueble, su titularidad, la posible existencia de hipotecas, embargos, servidumbres, arrendamientos etc... y en consecuencia permite al comprador verificar las características y estado en el que se encuentra la vivienda que va a adquirir.
Por ello, la principal ventaja de inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad sería la obtención de seguridad jurídica ya que, una vez inscrita, los derechos se encuentran bajo la tutela de los Tribunales y se considera como cierto sólo lo que se dice en el registro. Por otro lado, la inscripción permitirá utilizar la vivienda como garantía para pedir un préstamo hipotecario.


Otra ventaja es que el Registrador eliminará los pactos nulos, abusivos y aquellos que tengan carácter personal (aquellos que sólo obligan a los contratantes, pero son ajenos a quienes en el futuro contraigan algún derecho sobre la finca). Particular importancia presenta la calificación por el Registrador de ciertas cláusulas como abusivas cuando son consideradas como tales por las normas sobre protección de los consumidores.

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