viernes, 2 de junio de 2017

¿Se puede pactar el alquiler de una vivienda por tiempo indefinido?

No, aunque las partes hayan pactado en el contrato de arrendamiento de una vivienda que el plazo de duración se establece por tiempo indefinido, esta clausula carecería de validez alguna, toda vez que la indefinición del tiempo de duración de un contrato es incompatible con la naturaleza propia del arrendamiento como cesión temporal en el uso de una cosa.

Es cierto que los contratos de la antigua Ley de Arrendamientos Urbanos, estaban sometidos a una prórroga forzosa a favor del inquilino con independencia del plazo de duración pactado por las partes en el contrato, por lo que su duración realmente era indefinida.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley, la prórroga forzosa a favor del arrendatario, se limitó únicamente a los cinco primeros años de vigencia del arrendamiento de vivienda, aunque actualmente este plazo ha quedado reducido a tres años, a partir del cual el contrato se prorrogará anualmente si ninguna de las partes lo resuelve con al menos treinta días de antelación a su vencimiento.

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