El objetivo de todo propietario es cobrar
puntual y mensualmente la renta por lo que cada vez que se contacta con nuevo
inquilino, conviene negociar y exigir
todas las medidas que estén a nuestro alcance para evitar que deje de pagar la
renta en un futuro próximo. Para ello, las figuras más utilizadas en el mercado
del alquiler son:
Fianza,
se
trata de una garantía obligatoria establecida por la Ley de Arrendamientos
Urbanos consistente en el pago en metálico de una cantidad
equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de
dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda. La fianza deberá ser
ingresada en el organismo
designado por la comunidad autónoma donde esté localizado el inmueble.
Depósito, consiste en la entrega al arrendador de una determinada
cantidad económica como garantía adicional. Normalmente suele ser coincidente
con el importe de varias mensualidades de renta y a diferencia de la fianza, el
importe entregado en concepto de depósito quedará en poder de la propiedad.
Fiador solidario, consiste en que una persona física o jurídica se constituya
en avalista de la relación contractual,
respondiendo directamente de los posibles incumplimientos derivados del
contrato de arrendamiento. La clave para que funcione este medio de garantía, es que
el fiador solidario tenga solvencia suficiente para atender la posible
reclamación del arrendador.
Aval bancario, se trata de un documento por el que una entidad
bancaria se obliga a abonar a la propiedad como consecuencia del impago del
inquilino. El texto del aval reflejará la duración del mismo y las condiciones
para que el pago se haga efectivo por lo que la propiedad deberá custodiarlo
hasta su expiración. Al tratarse de un producto financiero, el Banco puede
exigir al inquilino un interés o el depósito de la cantidad avalada en sus
cuentas por lo que son muchos los arrendatarios que encuentran dificultades
para conseguir esta garantía.
Seguro de alquiler, cada vez hay más compañías aseguradoras que ofrecen productos
que garantizan el impago de las rentas por parte del inquilino, la reparación
de los daños que este pudiera provocar en la vivienda, así como los gastos
judiciales de abogado y procurador. Para la contratación de estos seguros
conviene asesorarse sobre las condiciones generales y particulares de la póliza
incluyendo la letra pequeña, así como realizar una correcta descripción del
riesgo.
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