Los Registros de la Propiedad tanto a través de la nota simple como la
certificación registral, nos facilitan la información más relevante sobre la
situación jurídica de una finca como es su identificación y descripción, quién
es el verdadero dueño, si la finca tiene hipotecas, embargos u otras cargas.
La diferencia entre ambos instrumentos es que la certificación, da fe del
contenido del registro y que tiene eficacia frente a todos es decir, sirviendo
para acreditar el contenido relativo a una finca que conste en el registro, si
así se solicita, tanto de titularidades actuales como antiguas, y tanto
respecto a derechos vigentes como extinguidos, mientras que la nota simple es
puramente informativa, es decir, sirve para que quien la solicita conozca el
contenido básico del Registro, y sólo respecto a titulares, derechos y cargas
vigentes en el momento de la solicitud.
En la práctica, para las operaciones más habituales, suele admitirse la
nota simple como medio para acreditar la propiedad de una finca o su situación
de cargas, siendo comúnmente aceptada incluso por las entidades financieras
para el estudio previo a la concesión de préstamos hipotecarios.
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