La realización de obras de ampliación de la superficie
construida de un inmueble sin Licencia constituye una infracción urbanística,
con lo que además de la posible apertura de un expediente que lleva aparejada
una sanción de multa y/o demolición, podemos encontrar dificultades a la hora
de vender, hipotecar o solicitar determinados suministros sobre la vivienda.
Para legalizar las obras de ampliación de una vivienda, deberemos seguir los siguientes pasos:
1º.-
Consultar en el Ayuntamiento si la modificación es legalizable de acuerdo con
la normativa urbanística.
Para legalizar las obras de ampliación de una vivienda, deberemos seguir los siguientes pasos:
2º.-
Realizar un proyecto técnico en el que se describan las obras a realizar y el
coste estimado de su ejecución.
3º.- Abonar
las tasas municipales correspondientes que irán en proporción al proyecto y el
coste de la ejecución de la obra.
4º.-
Obtención de la Licencia de Obra del Ayuntamiento.
5º.-
Presentación ante el Ayuntamiento del Certificado Final de
Obra, en el que se deje constancia que las obras ejecutadas se corresponden con
el Proyecto y con los términos de la Licencia concedida.
7º.- Tras
la comprobación de la anterior documentación por parte de técnicos del Ayuntamiento
se expedirá la Licencia de Primera Ocupación.
8º.- Con
el Proyecto, la Licencia, el Certificado Final de Obra y la Licencia de Primera
Ocupación, se acudirá al Notario para que modifique la descripción original de
la vivienda declarando la obra nueva.
9º.- La
escritura de obra nueva se inscribirá en el Registro de la Propiedad
correspondiente.
10º.- Paralelamente
se notificará a la oficina del Catastro para que modifique la superficie
construida de la vivienda lo que tendrá su reflejo en el Impuesto de Bienes
Inmuebles (IBI).
A partir de dicho
momento la nueva construcción quedará plenamente legalizada con lo que la podremos
vender, hipotecar o disponer libremente de nuestra propiedad con todas las
garantías del ordenamiento jurídico español.
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